Actualización del baremo para calcular la indemnización por lesiones
El BOE de ocho de abril del corriente publicaba la Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de 30 de marzo de 2020, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación para el año en curso y con efectos retroactivos al uno de enero de 2020.
No habiéndose aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado el primer día del actual ejercicio económico (uno de enero), el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social, establece en el artículo 1.2 un incremento de las pensiones del 0,9 por ciento y ello se aplica al baremo de indemnizaciones en virtud del artículo 49.1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, conforme al cual, partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Conforme a lo anterior, la revalorización será del 0,9% respecto a las cuantías de 2019, conforme al siguiente cuadro:
Concepto | 2019 | 2020 |
Día de perjuicio personal muy grave | 103,48 € | 104,41 € |
Día de perjuicio personal grave | 77,61 € | 78,31 € |
Día de perjuicio moderado | 53,81 € | 54,29 € |
Día de perjuicio básico | 31,05 € | 31,33 € |
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